¿Qué Tipo De Gobierno Tiene Andorra?

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El Principado de Andorra es un microestado soberano ubicado en el suroeste de Europa. Es una diarquía constitucional parlamentaria encabezada por dos copríncipes de Francia y España. La Constitución es la ley suprema del principado y ofrece tres ramas de gobierno: la legislatura, el ejecutivo y el poder judicial.

Constitución de Andorra

La ley suprema en el Principado de Andorra es la Constitución de Andorra. La Constitución fue adoptada después de un referéndum celebrado en marzo 1994 por los ciudadanos del principado. La Constitución de Andorra describe la soberanía del principado y también describe los derechos y libertades de los ciudadanos a ser protegidos por la ley. La Constitución también describe las tres ramas del gobierno, sus mandatos y sus respectivos poderes.

Poder Ejecutivo del Gobierno de Andorra

La rama ejecutiva es el brazo del gobierno a cargo de dirigir las operaciones del gobierno en el principado. El ejecutivo está encabezado por dos copríncipes que ejercen poderes ejecutivos nulos y son principalmente ceremoniales. Los copríncipes provienen de España y Francia, compuesto por el jefe de Estado francés y el obispo de Urgell. Dado que los dos copríncipes no son residentes de Andorra, tienen delegados estacionados en el principado para actuar como sus representantes. El jefe de gobierno (Cap de Govern) en Andorra es elegido por el consejo general junto con los siete ministros que componen el Consejo ejecutivo. los Cap de Govern ejerce el poder ejecutivo y está a cargo de siete ministerios que están encabezados por los respectivos ministros. El jefe del gobierno tiene la autoridad de nombrar a los ministros para dirigir los siete ministerios.

Poder Legislativo del Gobierno de Andorra

La legislatura es el órgano encargado de crear nuevas leyes o enmendar las leyes existentes y también se conoce como el Consejo General. El parlamento del Principado de Andorra se describe como un parlamento unicameral compuesto por una sola cámara. El Consejo General está compuesto por miembros 28 conocidos como consejeros generales, que son elegidos para servir por términos de cuatro años. Los miembros de 28 están formados por los consejeros generales de 14 de las siete parroquias (dos miembros de cada parroquia) y los consejeros generales de 14 elegidos a partir de listas nacionales a través de representación proporcional. El consejo general está encabezado por Sindic General, quien está suplementado por la subsindica. Tanto el Sindic General como el Subsindic son nombrados por el Consejo General. El Consejo General tiene el mandato de elegir al jefe de gobierno, una decisión que luego debe ser aprobada por los dos copríncipes.

Poder Judicial del Gobierno de Andorra

El Poder Judicial es la rama del gobierno a cargo de la administración de justicia. La Constitución del Principado de Andorra establece la independencia del poder judicial. Los más altos cargos judiciales en el principado son el Tribunal Supremo de Andorra y el Tribunal Eclesiástico del Obispo de Seu d'Urgell. El poder judicial está encabezado por el Consejo Superior de Justicia, que cuenta con cinco miembros que cumplen con los términos del año 6. Los miembros del Consejo Superior de Justicia son nombrados por el jefe de gobierno, los copríncipes, el Sindic General y los miembros de los tribunales inferiores.

Divisiones administrativas de Andorra

El Principado de Andorra está dividido en siete unidades administrativas conocidas como parroquias. Cada parroquia tiene dos miembros electos del Consejo General que actúan como representantes de sus respectivas parroquias en el Consejo General. Las siete parroquias incluyen Sant Julia de Loria, Escaldes-Engordany, Encamp, Ordino, La Massana, Andorra la Vella y Canillo.